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Juan Barberán González

Modelo estándar para la valoración del criterio «precio» en una licitación pública

Juan Barberán González

Primer plano de Juan Barberán González, director de compras, inversiones y contratación de servicios de CPEN

Juan Barberán González comenzó su andadura en el sector público empresarial de Navarra hace casi 10 años cuando se incorporó a la Sociedad de Promoción de Inversiones e Infraestructuras de Navarra (SPRIN) como gestor de proyectos. En 2011, pasó a formar parte del equipo de la recién creada Corporación Pública Empresarial de Navarra para asumir el reto de desarrollar la función de compras a nivel corporativo.


Entre sus principales funciones destacamos la responsabilidad en la contratación centralizada de determinados gastos comunes de las sociedades públicas del Gobierno de Navarra, tales como el suministro de energía (electricidad y gas), servicio de seguridad, limpieza, pólizas de seguros, auditoría de cuentas, servicio de prevención de riesgos laborales, etc. También resulta relevante la labor realizada desde la Dirección de compras de CPEN para el desarrollo y profesionalización de la propia función de compras en cada una de las sociedades públicas, mediante la elaboración de procedimientos y políticas de contratación e impulso de procesos de mejora internos, asesoramiento especializado en materia de contratación, realización de formación mediante jornadas específicas y adaptadas a las características de las sociedades públicas, comunicación de novedades legislativas, nuevas herramientas y criterios para la mejora en la contratación pública, etc.


En línea con esto último, la inquietud personal y profesional de Juan por mejorar día a día los procedimientos aplicados en el sector público empresarial de Navarra le ha llevado a desarrollar un “modelo estándar para la valoración del criterio ‘precio’ en una licitación pública”, ya que es un tema de gran relevancia por el impacto que la valoración del precio tiene en el resultado de cualquier proceso de contratación pública y las consecuencias que se derivan a nivel de eficiencia económica y de seguridad jurídica en la adjudicación.


En el mes de febrero, el Observatorio de Contratación Pública -entidad de referencia nacional en este ámbito- publicó el resultado final del trabajo desarrollado por nuestro compañero, lo que supone un espaldarazo a su planteamiento y a la labor que realiza desde CPEN a diario.


Asimismo, el modelo fue presentado ese mismo mes ante la Junta de Contratación Pública de Navarra, quien entendió que este modelo de valoración es válido y que puede ser incluido dentro de la tabla maestra de criterios de valoración del precio en la Plataforma de Licitación Electrónica de Navarra -“PLENA”- (medio oficial de licitación pública en Navarra), lo que facilitará su aplicación tanto en el sector público empresarial navarro, algo que ya se viene realizando en los últimos meses, como, de forma generalizada, en el resto de entidades sometidas a la Ley Foral de Contratos Públicos, si así lo consideran.

 

RESUMEN DEL TRABAJO:
Son muy abundantes las resoluciones y acuerdos dictados por los tribunales sobre las fórmulas para la valoración de las ofertas económicas por resultar estas contrarias a los principios de igualdad y de trato no discriminatorio, siendo calificadas como nulas de pleno derecho.


Aunque hay coincidencia en varios criterios y expresiones que no se deben utilizar en dicha valoración, sin embargo, existe una amplia controversia respecto a cuáles sí se pueden emplear, lo que configura un escenario de cierta confusión e incertidumbre.


El presente trabajo pretende profundizar en el análisis de las premisas en las que se debe basar el funcionamiento de una fórmula para cumplir con garantías los requerimientos de la normativa y/o principios de contratación pública y, a su vez, permitir una adecuada y eficiente gestión de los fondos públicos, con el objetivo final de definir un modelo que conjugue ambas cuestiones.

 

Enlace al articulo completo en la revista Wolters Kluwer.