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Imagen de un grupo de peones de madera de colores, significando un equipo diverso.

Las sociedades públicas de Navarra reduciremos nuestra temporalidad más de un 70 % en tres años

En 2022 los contratos temporales de puestos estructurales en las sociedades públicas suponían un 26 %, cifra que se prevé reducir hasta el 6,8 % en 2025 atendiendo a la tasa específica de carácter extraordinario habilitada en los Presupuestos Generales del Estado

Imagen de un grupo de peones de madera de colores, significando un equipo diverso.

El Consejo de Gobierno en su sesión de hoy ha autorizado la tasa específica habilitada con carácter extraordinario en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para la reducción de la temporalidad en el empleo público y que es aplicable a las sociedades públicas que superen el 8 % de temporalidad.

 

Con esta autorización, la eventualidad en puestos estructurales de las sociedades públicas de Navarra integradas en la Corporación Pública Empresarial de Navarra se estima que se reduzca progresivamente desde el 26 % en 2022 al 15,5 % en 2023, 9,7 % en 2024 y hasta llegar al 6,8 % en 2025. Esto significa reducir de los 396 puestos eventuales actuales a 103 en 2025, sobre una plantilla estructural actual de 1.518 puestos.

 

Previa a la autorización del Gobierno de Navarra, los Consejos de Administración de cada sociedad pública han aprobado también la solicitud de tasa específica en base a una planificación plurianual de las contrataciones; una memoria justificativa de la necesidad de contratación, de la naturaleza estructural del puesto de trabajo, económica y número de plazas; encargo, subvención o proyecto europeo que justifique la viabilidad económica de la contratación; y una descripción de puestos de trabajo con sus principales funciones y responsabilidades.

 

Doble legislación aplicable a las sociedades públicas

Cabe recordar que la legislación aplicable al personal contratado en las sociedades públicas es doble. Por una parte, la legislación laboral, fundamentalmente el Estatuto de los Trabajadores, el Convenio Colectivo aplicable en cada sociedad y la Reforma Laboral, la cual impulsa la contratación indefinida. Por otra parte, la legislación administrativa a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, que por su parte fija una tasa de reposición para la contratación.

 

«Dar cumplimiento a ambas normativas ha supuesto todo un reto por la incompatibilidad entre ellas en el ámbito de la contratación de personal, unido al incremento de actividad de las sociedades públicas», ha afirmado Teresa Minondo, directora de Recursos Humanos de CPEN.